CÓMO CONTABILIZAR LA PERIODIFICACIÓN CONTABLE Y LOS AJUSTES POR PERIODIFICACIÓN
Este post tiene como objetivo ayudar a resolver las dudas que se les suelen plantean a «profesionales noveles» y estudiantes sobre cómo contabilizar la periodificación contable y los ajustes por periodificación. Esperamos que tras una lectura activa de los contenidos normativo y teórico, y la consulta de las soluciones de los ejemplos sobre el tratamiento contable de los ajustes por periodificación, los primeros consigan resolver sus dudas y los segundos puedan solucionar con acierto los supuestos contables.
Todo lo que deberías saber antes sobre Ingresos y Gastos.
Incrementos en el patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio, ya sea en forma de entradas o aumentos en el valor de los activos, o de disminución de los pasivos, siempre que no tengan su origen en aportaciones, monetarias o no, de los socios o propietarios.
El reconocimiento de un ingreso tiene lugar como consecuencia de un incremento de los recursos de la empresa, y siempre que su cuantía pueda determinarse con fiabilidad. Por lo tanto, conlleva el reconocimiento simultáneo o el incremento de un activo, o la desaparición o disminución de un pasivo y, en ocasiones, el reconocimiento de un gasto.
Decrementos en el patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio, ya sea en forma de salidas o disminuciones en el valor de los activos, o de reconocimiento o aumento del valor de los pasivos, siempre que no tengan su origen en distribuciones, monetarias o no, a los socios o propietarios, en su condición de tales.
El reconocimiento de un gasto tiene lugar como consecuencia de una disminución de los recursos de la empresa, y siempre que su cuantía pueda valorarse o estimarse con fiabilidad. Por lo tanto, conlleva el reconocimiento simultáneo o el incremento de un pasivo, o la desaparición o disminución de un activo y, en ocasiones, el reconocimiento de un ingreso o de una partida de patrimonio neto.
Cobro es una entrada material de fondos en la tesorería de la empresa.
El pago es una salida material de fondos de la tesorería de la empresa.
El coste o costo es un concepto relacionado con la contabilidad interna o analítica. El coste se incorpora al valor del producto durante el proceso de fabricación o elaboración y se va transfiriendo al Activo a medida que los productos se van elaborando.
Representan todas las salidas y deducciones necesarias originadas por la actividad de la empresa.
Los «Anticipos de Clientes» y los «Anticipos a Proveedores» son cantidades entregadas en efectivo a cuenta de suministros futuros.
Ambos, los Anticipos recibidos de los Clientes y los Anticipos concedidos a los Proveedores, constituyen una de las modalidades de crédito comercial.
Norma 14ª PGC
- Aspectos comunes
Los ingresos procedentes de la venta de bienes y de la prestación de servicios se valorarán por el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir, derivada de los mismos, que, salvo evidencia en contrario, será el precio acordado para dichos bienes o servicios, deducido: el importe de cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares que la empresa pueda conceder, así como los intereses incorporados al nominal de los créditos. No obstante, podrán incluirse los intereses incorporados a los créditos comerciales con vencimiento no superior a un año que no tengan un tipo de interés contractual, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.Los impuestos que gravan las operaciones de venta de bienes y prestación de servicios que la empresa debe repercutir a terceros como el impuesto sobre el valor añadido y los impuestos especiales, así como las cantidades recibidas por cuenta de terceros, no formarán parte de los ingresos.Los créditos por operaciones comerciales se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a instrumentos financieros.No se reconocerá ningún ingreso por la permuta de bienes o servicios, por operaciones de tráfico, de similar naturaleza y valor.Con el fin de contabilizar los ingresos atendiendo al fondo económico de las operaciones, puede ocurrir que los componentes identificables de una misma transacción deban reconocerse aplicando criterios diversos, como una venta de bienes y los servicios anexos; a la inversa, transacciones diferentes pero ligadas entre sí se tratarán contablemente de forma conjunta.Cuando existan dudas relativas al cobro de un importe previamente reconocido como ingresos por venta o prestación de servicios, la cantidad cuyo cobro se estime como improbable se registrará como un gasto por corrección de valor por deterioro y no como un menor ingreso. - Ingresos por ventas
Sólo se contabilizarán los ingresos procedentes de la venta de bienes cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:- La empresa ha transferido al comprador los riesgos y beneficios significativos inherentes a la propiedad de los bienes, con independencia de su transmisión jurídica. Se presumirá que no se ha producido la citada transferencia, cuando el comprador posea el derecho de vender los bienes a la empresa, y ésta la obligación de recomprarlos por el precio de venta inicial más la rentabilidad normal que obtendría un prestamista.
- La empresa no mantiene la gestión corriente de los bienes vendidos en un grado asociado normalmente con su propiedad, ni retiene el control efectivo de los mismos.
- El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad.
- Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción, y
- Los costes incurridos o a incurrir en la transacción pueden ser valorados con fiabilidad.
- Ingresos por prestación de servicios
Los ingresos por prestación de servicios se reconocerán cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad, considerando para ello el porcentaje de realización del servicio en la fecha de cierre del ejercicio. En consecuencia, sólo se contabilizarán los ingresos procedentes de prestación de servicios cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:- El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad.
- Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción.
- El grado de realización de la transacción, en la fecha de cierre del ejercicio, puede ser valorado con fiabilidad, y
- Los costes ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla, pueden ser valorados con fiabilidad.
La empresa revisará y, si es necesario, modificará las estimaciones del ingreso por recibir, a medida que el servicio se va prestando. La necesidad de tales revisiones no indica, necesariamente, que el desenlace o resultado de la operación de prestación de servicios no pueda ser estimado con fiabilidad.
Cuando el resultado de una transacción que implique la prestación de servicios no pueda ser estimado de forma fiable, se reconocerán ingresos, sólo en la cuantía en que los gastos reconocidos se consideren recuperables.
Tanto en el período de aprendizaje de la Contabilidad como en la práctica profesional para saber cómo contabilizar los ajustes por periodificación previamente es necesario tener claro el concepto del «principio de devengo».
En el PGC español el «Principio de Devengo», aparece incluido en el apartado tercero de los Principios Contables del Marco Conceptual, que establece:
Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.
Una vez se ha determinado qué ingresos y gastos se incluirán en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio, mediante la periodificación contable se van a separar aquellos ingresos y gastos que aun pagados o cobrados en el período al que se va formular la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, correspondan a otro ejercicio anterior o posterior.
Además del filtro de la periodificación contable, gastos e ingresos han de sujetarse al Principio de Correlación.
DETERMINA EL PRINCIPIO DE CORRELACIÓN QUE
Se registrarán en el periodo a que se refieren las cuentas anuales los ingresos y gastos devengados en éste, estableciéndose en los casos en que sea pertinente, una correlación entre ambos que en ningún caso puede llevar al registro de activos o pasivos que no satisfagan la definición de éstos.
Inscripción contable de ingresos y gastos (Artículo 11, Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades).
Los ingresos y gastos derivados de las transacciones o hechos económicos se imputarán al período impositivo en que se produzca su devengo, con arreglo a la normativa contable, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro, respetando la debida correlación entre unos y otros.
La contabilización de los ajustes por periodificación se registra mediante las cuentas suspensivas o de periodificación contable.
Conceptualmente corresponde a:
- PAGOS ANTICIPADOS.
Gastos e intereses pagados en el ejercicio actual que corresponden al siguiente. - COBROS ANTICIPADOS.
Ingresos e intereses cobrados en el ejercicio actual que corresponden al siguiente. - PAGOS DIFERIDOS.
Gastos e intereses devengados en el ejercicio actual que se pagarán en el ejercicio siguiente. - COBROS DIFERIDOS.
Ingresos e intereses devengados en el ejercicio actual que se cobrarán en el ejercicio siguiente.
En nuestra opinión es mejorable la normalización de las cuentas de periodificación del Plan General de Contabilidad porque:
- «PAGOS ANTICIPADOS». Para los «Pagos Anticipados» aparece desarrollada la cuenta 480. GASTOS ANTICIPADOS. Sin embargo, las Normas Internacionales, muy influenciadas por el sistema contable anglosajón, denomina a estos PREPAID EXPENSES (GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO) o también utilizan el DEFERRED EXPENSE (GASTOS DIFERIDOS).
- «COBROS ANTICIPADOS». Para «cobros anticipados» nuestro PGC creó la cuenta 485. INGRESOS ANTICIPADOS. En la terminología contable anglosajona se denomina a estos DEFERRED INCOME (INGRESOS DIFERIDOS) o también DEFERRED REVENUE. Con la misma línea argumentaría del punto anterior, a la cuenta 485 el Plan español debió nombrarla COBROS ANTICIPADOS o INGRESOS DIFERIDOS COBRADOS POR ANTICIPADO.
La normalización contable requiere que la terminología y la lista de las cuentas sea sistemática y continuada
Las definiciones y relaciones contables de las cuentas GASTOS Y COBROS ANTICIPADOS del Plan General de Contabilidad no tienen sentido hoy en día, ya que fueron pensadas para los antiguos sistemas manuales de contabilidad. En la actualidad, los ajustes por periodificación, al contrario de lo que se hacía en el pasado, deben contabilizarse editando los asientos originales y no mediante contrasientos al cierre del ejercicio.
El concepto de ingreso y gasto y los principios de devengo y de correlación contable obliga a iniciar la periodificación en los asientos del cobro o el pago anticipados. Posteriormente, y de forma sistemática, se imputará a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias la parte del cobro o el pago que ha contribuido a la generación de flujos de efectivo por la actividad ordinaria de la unidad económica.
ANTES DE CONTABILIZAR UN «GASTO» O UN «INGRESO» DEBEMOS RECORDAR:
Un ingreso o un gasto se registrará en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias cuando se cumplan los criterios de probabilidad en la obtención o cesión de recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos y su valor pueda determinarse con un adecuado grado de fiabilidad.
El PGC no ha desarrollado cuentas específicas para los PAGOS/COBROS DIFERIDOS.
Como alternativa, se podrían utilizar las siguientes cuentas:
Eulogio Alonso
Diplomado Estudios Empresariales
Especialidad de Contabilidad e Información
Ex Director Oficina Bancaria
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